¿SABEMOS LO QUE COMPRAMOS?

2015-12-02 08.29.58           A la hora de realizar las compras, cada vez más, al consumidor  le interesa conocer más aspectos sobre el producto: naturaleza, métodos de producción, transformación, etc.  y quieren informarse de todo esto a través  las etiquetas de los productos. Todo ello sin olvidar: los datos mínimos, el etiquetado de los alimentos extranjeros que llegan a España, productos manipulados genéticamente, etc. Se pide información sencilla, simple pero completa y eso no es fácil. El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea aprobaron el Reglamento relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables de los alimentos. Dicho reglamento 1924/2006, entró en vigor en julio del 2007. Algunas de  las propuestas de dicho reglamento son:

  •  Los productos comercializados deben ser seguros y poseer un etiquetado adecuado.
  • Se prohíbe atribuir la propiedad de “prevenir, tratar o curar una enfermedad humana, o referirse a tales propiedades”; ahora si es posible atribuirles la reducción de un factor de riesgo de enfermedad, siempre que sea rigurosamente acreditado
  • Las declaraciones nutricionales o de propiedades saludables deben basarse en pruebas científicas clínicamente probadas, en las que se refieran a la relación dieta/salud.
  • Está prohibido incluir en el etiquetado, presentación y publicidad, cualquier referencia al ritmo o pérdida de peso, relativo a los alimentos que se utilizan en dietas de bajo valor energético.
  • La dieta y otros factores influyen en la aparición de enfermedades humanas.

Para poder entender el significado de lo indica una etiqueta de un producto alimenticio es necesario definir y aclarar algunos términos:

  1.  Nutriente: Al hablar de nutriente nos estaremos refiriendo a Proteínas, Hidratos de Carbono, Grasas, Fibra, Sodio, Vitaminas y Sales Minerales
  2. Otra sustancia: Será toda aquella sustancia diferente a un nutriente que posea efecto nutricional o fisiológico.
  3. Declaración Nutricional: Declaración que afirme, sugiera o de a entender que un alimento posee propiedades nutricionales benéficas específicas con motivo de, aporte energético ó contenido en nutrientes u otras sustancias.
  4. Declaración de propiedades saludables: Cualquier declaración que afirme, sugiera o dé a entender que existe una relación entre una categoría de alimentos, un alimento o uno de sus constituyentes, y la salud

Atendiendo a la composición en diferentes nutrientes y dependiendo de su contenido, los podremos denominar como de valor reducido o bajo contenido. De esa manera, si un producto lleva en su etiqueta esos términos significaría:

  • Bajo valor energético: <40 Kcal/100g ó <20 Kcal/100ml
  • Valor energético reducido: Reducido en un 30% de su valor de origen
  • Sin aporte energético: < 4 Kcal/100ml
  • Bajo contenido en grasa: <3g grasa/100g ó <1,5g grasa/100ml
  • Sin grasa: < 0,5g grasa/ 100ml ó 100g
  • Bajo contenido en grasas saturadas: Si la suma de los ác. grasos saturados y trans es <1,5g/100g ó 0,75g/100ml y siempre que la suma de ambos no aporte más del 10% del valor energético
  • Sin grasas saturadas: <0,1g/100ml ó 100g

 

Del mismo modo, podríamos también comentar el contenido en sal, azúcares, fibra, proteínas, vitaminas y otras sustancias. Asimismo, cuando se dice que un alimento tiene un mayor contenido en un determinado nutriente, este aumento tiene que ser como mínimo de un 30% y si se refiere a un contenido reducido estaremos hablando también de un 30%, de un 20% en micronutrientes y de al menos un 25% referido al contenido en sal. Si es importante saber que un alimento Light, no quiere decir que no aporte calorías, si no que el contenido de ese alimento en alguno de los nutrientes que aportan mayor energía, es de un 30% menos y siempre debe ir indicado el nutriente a que se refiere esa reducción. Es decir, si es light en azúcar, llevará un 30% menos que su producto de origen

Vamos a ver los diferentes tipos de grasas y su relación con la salud. Los ácidos grasos saturados y los ácidos grasos trans están relacionados con un aumento de los niveles de colesterol, mientras que los ácidos grasos monoinsaturados contenidos en el aceite de oliva y los ácidos grasos poliinsaturados contenidos en las nueces, en la grasa del pescado, aceite de girasol y de maíz están relacionados con un descenso de los niveles de colesterol en sangre. También, el indicar en una etiqueta que contienen aceite vegetal, no se está refiriendo ni a aceite de oliva ni a aceite de girasol, si no a aceite de palma y coco, que se utilizan mucho en productos manufacturados, precocinados, pastelería  y bollería industrial, y que tienen el mismo efecto que los ácidos grasos saturados, es decir elevan los niveles de colesterol en sangre.

En cuanto a los ácidos grasos poliinsaturados, los más importantes son los w-3 y de estos  EPA y DHA, que son los que poseen propiedades anticoagulantes y protegen frente a la formación de trombos.

LA ETIQUETA. ¿QUE DEBE DECIR?

 

Conocemos ya parte de la reglamentación,  y ahora vamos a ver la etiqueta de estos alimentos, que información debe ir ella.

 

  • Denominación del producto. Nombre o descripción del producto si fuese necesario
  • Lista de ingredientes. Siempre en orden decreciente de mayor a menor, los aromas y los aditivos alimentarios: colorantes, conservantes, antioxidantes y estabilizantes (E-nº)
  • Cantidad neta
  • Grado alcohólico siempre que la graduación sea mayor a 1,2%vol.
  • Fecha de duración mínima. Es la fecha hasta la cual el producto alimenticio mantiene sus propiedades organolépticas específicas en condiciones de conservación apropiadas. Su consumo posterior a esa fecha no supone un riesgo para la salud. Si es menor a 3 meses: día y mes, si la duración es de 3-18 meses: mes y año y si es mayor a 18 meses: año. Así tendremos:“Consumir preferentemente antes de…..”Cuando sea un alimento muy perecedero, y por ello, su consumo pueda suponer un peligro inmediato para la salud humana  después de un corto periodo de tiempo, se sustituirá por “Fecha de caducidad”.
  • Condiciones de conservación y utilización. Solo en el caso de ser necesario.
  • Identificación de la empresa. Nombre, razón social y dirección
  • Lote. Es una letra seguida de un número y se utiliza para identificar un grupo de alimentos que se han fabricado en unas mismas condiciones y en un periodo de tiempo
  • Lugar de origen o procedencia. Si es un producto extranjero.
  • Modo de empleo. Si es necesario para su buen uso

 

 

 

Ana Sierra

 

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